CERRAR

Armas

Improvisados más densos que el plomo

Otro nuevo delirante proyecto de Ley que ataca a los Legítimos Usuarios

Autor: Rubio Gustavo S.

Fecha publicación: 16/09/2020

"Es mi país, es un país esponja; se chupa todo lo que pasó" reza la letra de la canción Los Salieris de Charly de León Gieco y bien se aplica acá. Un grupo de diputados bastante mal preparados en el tema copiaron y pegaron de otro país un proyecto de ley SIN NINGUN APOYO CIENTIFICO en sus fundamentos que busca prohibir el uso de munición de plomo alegando que contamina (los basurales, quemas y depósitos de baterías y pilas, no, pero un perdigón si lo hace...).

Debemos tener en cuenta que el plomo es un elemento abundante que se encuentra en aire, agua, suelo, plantas y animales. Existe, está y es parte del planeta y para que su contaminación afecte significativamente su porcentaje se debe acumular en cantidades mayores a las que el cuerpo pueda resistir.

El delirante proyecto de Matías Mestre (diputado nacional de Córdoba por la UCR) 4065-D-2020 "PROTECCION AMBIENTAL DURANTE EL EJERCICIO DE CAZA Y TIRO DEPORTIVO - SUSTITUCION PROGRESIVA DEL PLOMO EN PERDIGONES, CARTUCHOS PARA ESCOPETAS Y MUNICION PARA ARMAS DE FUEGO" del 10 de agosto del 2020 tiene como una base la fuente de los deseos y si bien se escuda en la ecología sólo busca seguir estigmatizando y atacando a los legítimos usuarios.

Este ataque preciso a un grupo determinado poblacional es evidente en su art 2 el cual dice: "Se reconoce la vulnerabilidad ambiental frente al avance humano, sea este de origen productivo, científico o de esparcimiento" ya que aclara en el llamado al final al pie de página que "El proyecto asume una mirada ecocéntrica, como forma de impulsar un equilibrio entre las acciones del hombre y su entorno ambiental". Es decir, confiesa que deja de lado todas las miradas científicas, antropocéntricas, ambientales, tecnológicas, etc. que debe evaluar una ley y sólo se limita a su área sin medir las consecuencias.

Pero no se queda ahí sino que el artículo 2 insiste con "En este último supuesto el impulso protectorio de la norma garantiza estándares aún más elevados en función del deber de preservar un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo de las generaciones presentes sin comprometer a las generaciones futuras. Por ello, favorece el aumento de materias primas biodegradables." Más allá del SUPUESTO y no del dato, desconocer el origen natural del plomo en diferentes minerales, sulfuros etc. es desconocer también que la mayor y principal contaminación se produce a través de la inhalación progresiva y extendida en el tiempo de gases en la atmósfera. Es decir, para los diputados que presentaron el proyecto sus autos no contaminan por ejemplo pero la culpa es exclusiva de la munición y todos sabemos que permanece en la atmosfera algunos segundos en el mejor de los casos...

Como toda ley de nuestros excelsos legisladores, por un lado incluye la creación de fondos (partida de impuestos manoteables por supuesto) y regulaciones (control poblacional como pretende el manual desarmista latinoamericano a través de sanciones, restricciones etc.) que hacen felices a nuestros tan democráticos representantes de sí mismos y no del pueblo. Por otro lado, Matías Mestre pone plazos irrisorios. En un país como la Argentina, en donde readaptarse, reacondicionarse y comprar material es toda una odisea, el radical desconoce una vez más del tema poniendo un plazo de 2 años para adaptarse, es decir, 24 meses para que las fabricas de municiones, proveedurías, y toda la cadena de producción de munición que dan de comer a cientos familias se adapten o cierren. Un improvisado importante que vive en un mundo de fantasía.

Pero el delirio no se queda ahí, la improvisación con la que los diputados encabezados por Mestre pasaron este proyecto desarmista pintándolo de "eco buenista" queda en evidencia en el inciso F del Articulo 8 "Convocar a las Universidades para el estudio y desarrollo de material biodegradable a los efectos de la presente ley. " Para ponerlo en limpio: esta gente presenta un proyecto SIN LOS ESTUDIOS CORRESPONDIENTES. ¿Se dan cuenta de la falta de idoneidad y seriedad que tienen nuestros representantes?

Si bien el proyecto de ley hace agua por todos lados y es un ataque directo a un determinado grupo de ciudadanos por las actividades que realizan directa o indirectamente, los fundamentos de Mestre van desde la más flagrante ignorancia en el tema a la más sórdida manipulación del espíritu de las leyes citadas para adaptarlas a su "proyecto". Este proyecto de ley, de estar en línea con lo que el radical cordobés justifica, debería involucrar los sectores productivos y científicos y no sólo el del esparcimiento. ¿Por qué no los involucra directamente también? ¿Por qué, justificándose en artículos constitucionales, se enfoca solamente en los legítimos usuarios tergiversando el espíritu del citado artículo? Es evidente que tanto él como los demás firmantes están en contra de sus votantes legítimos usuarios.

El desconocimiento de estos diputados es tal que citan a países sin citar sus resoluciones ni leyes, ni estudios previos ni estudios posteriores. Todo se hace desde lo subjetivo. Por que se le canta o lo leyó en un meme ecologista. Afirma que "estos perdigones tardan entre 100 y 300 años en desaparecer del medio" ¿Qué medio? ¿Esos 200 años de diferencia a que se deben? ¿DE DONDE SACÓ ESOS ESTUDIOS?

El único dato concreto mencionado (no explicado) es el del Real Decreto 581/2001 el que estable que en determinadas zonas húmedas (no todas como pretenden estos cráneos) se prohíbe la tenencia y el uso de municiones que contengan plomo para la caza y el tiro deportivo en España. Lo que no explica Mestre es que el autor del estudio en el que se basó dicho decreto, actual director cuestionado de Toxicología de Fauna Silvestre del Instituto de Investigación de Recursos Cinegéticos de España, el Profesor Rafael Mateo Soria fue el encargado de realizar el controversial estudio en el año 1993 y pagado por el antiguo ICONA.

El Instituto para la Conservación de la Naturaleza (ICONA) desempeñó un papel discutido en la conservación de los espacios naturales hasta 1995 ya que turbiamente mezclaba intereses privados, ecología y conservación de manera muy arbitraria y poco transparente. En 1993 financia el «Estudio de la problemática del plumbismo en Aves Acuáticas en diferentes humedales españoles (nov. 1993)» de Soria el Ministerio tomo éste estudio como base para promulgar el REAL DECRETO 581/2001. Prohibición que estudios posteriores del CSIC (comunidad científica de España) y la Junta de Andalucía han casi desestimado de pleno haciendo ver que la cantidad de plomo en aves acuáticas es relativamente baja. Más aún, tras 19 años de prohibición y estudios, de haber sido cierto el numero de 50 mil aves perjudicadas anualmente, con los controles para la detección de posibles focos de gripe aviar que se llevan a cabo en España, ya se habrían detectados con suma facilidad esas miles de aves muertas por los restos de plomo.

No existe, en la actualidad, ningún estudio científico SERIO, IMPORTANTE Y CATEGORICO que avale la prohibición en el uso de munición con plomo como solución en contra la contaminación ambiental. Sólo hay estudios parciales, turbios y arbitrarios, en escalas cuestionables que, muy traído de los pelos, intenta relacionar el uso directo de puntas de plomo con la contaminación ambiental. Una ley que requiere datos para justificarse no se puede basar en la falta de estudios.

El autor del proyecto alega que "sin prohibir la actividad en sí" (la del tiro y la caza) es que presenta este proyecto que en realidad SI AFECTA a la actividad ya que provoca crear un claro rechazo hacia la actividad cinegética y del Tiro con afirmaciones carentes de veracidad y datos comprobables (ni siquiera presentó los datos para fundamentar su ley) que atacan derechos y libertades e incluso afectan la Ley de Armas argentina.

Por un lado en ningún lugar obliga a las reparticiones de Estado a promover la importación de dicha munición y a un costo asequible para todos. Por otro lado el art 8, debería ser inciso G pero en el proyecto repite la D, se limita a la fabricación solamente. Y si tomamos la fuente de su magistral idea loca, en España se tardaron más de 10 años en adaptar los materiales y la producción e importación de munición libre de plomo (hoy el decreto se cumple parcialmente) ¿Qué sucederá con los legítimos usuarios al cabo de dos años de aprobada la ley Mestre? ¿Serán castigados otra vez porque el mismo Estado los llevará a estar fuera de la ley como pasó con los psicofísicos de Gambaro?

Como se ve, el improvisado grupo de legisladores conformado por Claudia Najul (UCR Mendoza hasta 2021) , Héctor Antonio Stefani (PRO Tierra del Fuego hasta 2021) Gerardo Cipolini (UCR Chaco hasta 2023) Jorge Ricardo Enriquez (Pro Ciudad de Buenos Aires hasta el 2021) y encabezados por Diego Matías Mestre (UCR Córdoba hasta el 2021) pueden provocar un daño impresionante en lo económico, en lo social y, sobre todo, en las libertades y derechos de los habitantes de esta República por presentar un proyecto basado en la subjetividad, la ignorancia y las pocas ganas de trabajar levantando un teléfono para evacuar dudas. En plena pandemia y emergencia nacional firmaron un proyecto de ley sin fundamentos concretos y copiado de otro lado sin considerar las consecuencias y fracasos que trajo. Copiaron un proyecto desarmista asumiendo el costo político personal y partidario: salvo uno, todos tienen banca hasta el 2021 ¿el resto de la lista sábana conseguirá el voto de los miles de legítimos usuarios o se hundirá como plomo en el escarnio público acompañando estas burradas?

El vergonzoso proyecto:
https://www4.hcdn.gob.ar/dependencias/dsecretaria/Periodo2020/PDF2020/TP2020/4065-D-2020.pdf

Rubio Gustavo S.

Legítimo Usuario
Profesor de Inglés
Columnista sobre Armas y relacionados en Decilo Fuerte
Miembro ALUTARA
Email: saidrubio76@hotmail.com
Twitter: @GustavoSRubio