CERRAR

Armas

Ahora la ignorancia reside en el Senado de la Nación

Un troyano desarmista disfrazado nuevamente de conservacionista

Autor: Socolovsky Christián

Fecha publicación: 04/11/2020

"No hay peor tiranía que la que se ejerce a la sombra de las leyes y bajo el calor de la Justicia." – El Espíritu de las Leyes - 1748 - Charles-Louis de Secondat Barón de Montesquieu

Con fecha del 15 de Octubre de 2020, tomo Trámite Parlamentario Nro. 43/20 en la Honorable Cámara de Senadores de la Nación el Proyecto de Ley Expediente 904-2020 "Proyecto De Ley De Presupuestos Mínimos Para La Conservación De La Diversidad Biológica." (1)

El proyecto se halla firmado por los Senadores Nacionales de la coalición "Frente PRO" a saber: Senador Nacional Esteban José Bullrich y la Senadora Nacional Gladys Esther Gonzales ambos por el Distrito Buenos Aires y a través de la alianza bonaerense "Cambiemos Buenos Aires".

De Izquierda a Derecha Senador Nacional Esteban Bullrich y Senadora Nacional Gladys Gonzales de la alianza bonaerense "Cambiemos Buenos Aires".

El proyecto trata sobre la creación del "Sistema Nacional de Coordinación en el Control y la Fiscalización de la Diversidad Biológica". Es un proyecto muy extenso que posee 101 artículos, 4 anexos y 1 Fundamento. Brevemente busca conocer y evaluar los stocks de recursos de fauna y pesqueros, conservación de la biomasa, distancias de pesca, coordinación a nivel nacional para la protección de estos, establecer eco-regiones, estudios científicos del patrimonio genético, multas e infracciones, entre otros tantos asuntos.

¿Qué es lo novedoso en este proyecto? Que sin tener siquiera un vínculo alguno con todo el contenido del proyecto, se encuentra inexplicablemente insertado en el texto su artículo 69 que prohíbe de la nada el uso del plomo en las municiones para la caza e indirectamente pone en peligro a toda la actividad cinegética de la República Argentina. No cita estudios, no hay fundamentos, no hay anexos, no hay nada. Así porque si sale este Articulo 69, de la nada misma.

Un verdadero "Caballo de Troya" que busca ejecutar a rajatabla el "Objetivo 75: Restricción de las Armas de Fuego" del plan de gobierno del PRO/Cambiemos, basándose malamente al "Objetivo Desarrollo Sostenible Número 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas" de las Naciones Unidas. (2) (3) (4)

Los Legítimos Usuarios ascienden a 1.200.000, muchos de los cuales eligen practicar actividades cinegéticas como forma de vida o deporte y lo hacen en establecimientos legalmente autorizados a tal efecto, siguiendo leyes nacionales, provinciales, códigos éticos y profesionales que protegen a la fauna y la actividad, haciéndola segura. Se trabaja mucho en la mejora de las especies animales, actuando los cazadores y establecimientos como auténticos conservacionistas de las biomasas, tierra y sus acuíferos, cuidándolos y regulando los altibajos de las manadas, efectuando raleos o vedas de caza cuando las poblaciones así lo requieren. Podríamos decir que son los cazadores, los guías, y los cotos de caza quienes mejor conocen y protegen a la fauna argentina exótica o autóctona.

Todas estas personas que practican la caza, invierten mucho dinero que es distribuido en ciudades donde las alternativas económicamente viables no abundan. Es así como los cazadores primero invierten dinero viajando, luego contratando servicios de los cotos de caza, a su vez estos ofrecen hotelería, servicios de cocina, limpieza, guías de turismo, guías de caza, generándose así empleos. Los establecimientos invierten en apostaderos, cebaderos, vertederos de agua, construcción de caminos rurales, alambrados, refacciones, contratando peones de campo, vehículos, veterinarios y entre otros. Al finalizar la cacería intervienen más personas, bioquímicos para saber si la carne es apta para consumo humano, el chacinador que la prepara, taxidermistas para el trofeo, propinas varias, más viajes locales en taxi o aéreos.

En todos estos pasos, por supuesto está el estado nacional, provincial y municipal, llevándose unas buenas tajadas de todas las actividades y personas involucradas en la cacería: los permisos de caza, seguros de responsabilidad contra terceros, las autorizaciones de los dueños de los campos, las habilitaciones de los establecimientos, los análisis bromatológicos y tasas sanitarias, los precintos para la carne y las autorizaciones para su transporte, los permisos ministeriales para declarar y poseer trofeos, y los impuestos que pagaron todos los involucrados en la cadena cinegética.

Eso es lo que este troyano desarmista que persigue el "Objetivo 75" ataca: a toda la actividad cinegética sus trabajadores directos e indirectos, y la conservación de fauna autóctona y exótica. Todo esto en un momento de pandemia y de recesión económica y desempleo histórico como nunca antes vio la Nación, y con ciudadanos que buscan estar dentro de la ley y sus instituciones. Este articulo 69 del proyecto es algo que no tiene sentido alguno.

Es remarcable que la realidad que viven nuestros legisladores dista mucho de ser de la realidad de nosotros los simples mortales que caminamos la calle todos los días, y mucho más alejada aun de los que poseemos la honorable condición de ser legítimos usuarios.

Artículo 69: el Troyano del Proyecto de Ley 904-20

"Una cosa no es Justa por el hecho de ser Ley. Debe ser Ley por el hecho de ser Justa." – El Espíritu de las Leyes - 1748 - Charles-Louis de Secondat Barón de Montesquieu

No es mi intención analizar todo el proyecto de ley, sino exponer la prohibición a las municiones de plomo que encontramos en el texto del artículo 69:

El texto prohíbe el uso y tenencia de municiones que contengan plomo durante el ejercicio de la caza. Como he expuesto en otros artículos, la prohibición del plomo es un hecho factico casi imposible de cumplir (solo se pueden usar materiales menos agresivos para la naturaleza en algunos calibres específicos y en aplicaciones particulares) que generaría simplemente la caída de toda la actividad cinegética de la República Argentina.

Si este artículo insertado como troyano en el proyecto es totalmente rechazable, no quiero saber la calidad legislativa del resto de los 100 artículos o sus 4 Anexos.

Conclusiones

"Soy muy amante de que todas las ciencias se sepan por principios y nadie pueda tener conocimiento de aquellas sin estar instruidos en éstos." - Memoria para fomentar la Agricultura, Industria y Comercio del Virreinato del Rio de la Plata enviada al Real Consejo de la Junta de Gobierno de Su Majestad el 15 de Julio de 1796 – Lic. Don Manuel Belgrano -

En el Proyecto de Ley 4065-D-2020 "Protección Ambiental Durante El Ejercicio De Caza Y Tiro Deportivo - Sustitución Progresiva Del Plomo En Perdigones, Cartuchos Para Escopetas Y Munición Para Armas De Fuego."promovido por "Juntos por el Cambio" en Diputados- encontramos clausulas desarmistas.

La novedad es que ahora nuestros legisladores intentan promoverlas también en proyectos "Caballos de Troya" que nada tienen que ver ni por asomo con las actividades cinegéticas o deportivas o la cuestión que dicen querer legislar o regular.

En mi humilde comprender, creería que, un proyecto que busque bajar los impuestos, promover las inversiones, reducir las cargas laborales de contratación de empleados, abrir nuevas formas societarias elásticas, bajar los gastos superfluos del estado, contribuiría más al país, al menos en este momento, que intentar destruir una industria cinegética que se encuentra bien organizada y redistribuye ingresos en localidades sin posibilidad económica.

Es necesario encontrar un mecanismo para que nuestros legisladores, tanto en Diputados o Senadores, no puedan siquiera avanzar en un proyecto de ley que involucre a las armas, municiones, explosivos, ni las actividades deportivas o cinegéticas, sin tener a la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) como protagonista principal, eje rector y aglutinador de representantes de la industria como son las Cámaras y Federaciones Nacionales y Provinciales, Direcciones de Fauna, Caza y Pesca Provinciales y todo otro experto en la cuestión.

En Democracia, lo único que está prohibido, es prohibir.

Fuentes

1.- Links al proyecto 904-20
https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/904.20/S/PL
https://www.senado.gob.ar/parlamentario/parlamentaria/431853/downloadPdf
2.- Objetivo 75. Plan de restricción de armas de fuego
"En los últimos años aumentó la proliferación de armas de fuego. Buscamos el desarme a partir de la entrega voluntaria y anónima de armas de fuego y municiones a cambio de un incentivo económico, mediante una amnistía administrativa y penal, previa destrucción del arma frente a los ojos de quien la lleva. El programa apunta a reducir accidentes y a sensibilizar a la sociedad acerca de los riesgos de tener armas y busca promocionar una cultura pacífica de la no tenencia y no uso de las armas de fuego."
https://observatorioplanificacion.cepal.org/es/planes/objetivos-de-gobierno-de-la-argentina-2015-2019
3.- Objetivos de Desarrollo Sostenible 16 – Naciones Unidas – Programa de Acción 2030.
"Promover sociedades pacíficas e inclusivas para un Desarrollo Sostenible, proveer acceso a la justicia para todos y construir instituciones eficaces, responsables e inclusivas en todos los niveles."
https://www.onu.org.ar/agenda-post-2015/
4.- Nota de prensa de las Naciones Unidas donde menciona que no se busca desarmar a la población legalmente autorizada a la tenencia y portación de armas.

Traducción:

El Señor Annan agrego que la conferencia no era para negociar una prohibición global de las armas, ni que tampoco deseaba negarles a los ciudadanos que cumplan con la ley su derecho a portar armas de acuerdo con sus leyes nacionales. "Nuestro objetivo se mantiene sobre los inescrupulosos traficantes de armas, los oficiales corruptos, las mafias traficantes de droga, criminales y otros que llevan muerte e infierno a nuestras comunidades, que arruinan vidas y destruyen en minutos la labor de años. Para detener esta marcha destructiva de conflictos armados y crimen, nosotros debemos detener a tales proveedores de muerte", él dijo.
https://www.un.org/press/en/2006/dc3029.doc.htm

Socolovsky Christián

DNI 20.995.989
Contador Público
Instructor de Tiro B (Legajo ANMAC 5752)
socolovskychr@gmail.com